A propósito del centenario
de la Constitución Mexicana

AGUSTÍN AGUILAR TAGLE*
AGUSTÍN AGUILAR TAGLE*
El 5 de febrero, en medio de reflexiones académicas,
análisis periodísticos y recuento de modificaciones (más
de seiscientas), celebraremos los primeros cien años de
la Constitución de 1917. Sin embargo, la palabra celebrar
no parece ser la más adecuada, dado que hay en nuestra
Carta Magna, más allá de las naturales y necesarias
adaptaciones al presente, signos claros de desmantelamiento.
El reconocido historiador Adolfo Gilly nos recuerda
que lo que vivimos es un proceso destructivo del régimen
constitucional que comenzó en noviembre de 1991, cuando
se reformó el artículo 27 para abrir la puerta al despojo y la privatización de las tierras ejidales, y culminó en
diciembre de 2013, cuando una contrarreforma aún más
radical acabó de destruir ese artículo pilar de la Constitución,
como ya han sido desmantelados en los hechos los
originarios artículos 3º, relativo a la educación, y artículo
123, sobre los derechos y garantías de los trabajadores.
Doctor en Estudios Latinoamericanos por la UNAM,
a la vez que profesor de Historia y Ciencias Políticas
de la misma universidad, Adolfo Gilly nos advierte
que este proceso profundiza la dependencia de México
frente a Estados Unidos y que revertirla requerirá
un esfuerzo mayúsculo por parte de la generación que
decida rescatar nuestra soberanía y nuestra independencia.
Esperemos que esa generación sea la nuestra, es
decir, la misma que hoy está viviendo y padeciendo los
últimos estertores del ancien régime, este régimen decrépito
y esclerótico que creíamos ya muerto pero que
se resiste a desaparecer, acaso porque no hemos sabido
acabar con él, sea por incapacidad, sea por irresponsabilidad,
sea por contubernio cultural.
En este contexto y con ese telón de fondo, es importante
señalar que, a pesar de todo, hay un significativo
número de episodios rescatables en la práctica histórica
de la Constitución Mexicana. Uno de ellos es el de la
coincidencia que guarda la definición que de sí misma
hace la Escuela Bancaria y Comercial** con el espíritu
del artículo tercero de la Carta Magna, el cual, a propósito,
ha experimentado diez modificaciones en 83 años
(entre 1934 y 2016).
Como parte de la oferta privada de educación superior
en México, la EBC ha sabido honrar en su propia
definición lo que el artículo tercero determina para la
educación pública. Es decir, la Escuela Bancaria y Comercial
no nace ni se desarrolla para contradecir la voluntad
de la Nación, expuesta en su norma fundamental,
sino para acompañar esa voluntad y llevarla a su
cumplimiento a través de programas especializados en
negocios.
Los valores constitucionales son también los valores
de la EBC: independencia, justicia, respeto a los derechos
humanos, amor a la Patria y conciencia de la
necesaria solidaridad internacional.
Dado que el artículo 24 garantiza la libertad de creencias,
el artículo tercero señala claramente que, para que
se ejerza esa libertad, es imprescindible que la educación
impartida por el Estado sea laica, ajena a cualquier
doctrina religiosa, actitud que la EBC comparte entera y
expresamente, no sólo en su laicidad sino también en
su disposición a formar profesionales emprendedores
con base en los resultados del progreso científico y en la
lucha contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres,
los fanatismos y los prejuicios.
Por otra parte y en conclusión, el hecho de que la
Escuela Bancaria y Comercial se especialice en las disciplinas
propias del mundo de los negocios, no impide
que sus Principios Institucionales*** embonen virtuosamente
con el proyecto nacional emanado de la Revolución
Mexicana y que incluso abonen a favor de un
país más justo, más libre y más feliz.
*Jefe de Contenidos de la EBC
**Somos la institución de educación superior de régimen privado más
antigua del país. Somos mexicanos, somos libres, somos laicos, somos
incluyentes. Nos especializamos en negocios.
***Somos estudiantes para siempre, somos impulsores de progreso,
somos honestos y socialmente responsables.